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TFA-027-S-2026

Sala Segunda2026SancionatorioOtroart. 81Anulada

TFA No.027-S-2026. SALA SEGUNDA. TRIBUNAL FISCAL ADMINISTRATIVO. San José, a las once horas cincuenta minutos del veintinueve de enero del dos mil veintiséis.-

Nulidad de oficio de las notificaciones y las actas respectivas, correspondientes al fallo TFA No.245-S-2025 del once de setiembre del dos mil veinticinco, dictada por la Sala Segunda de este Tribunal. (Expediente No. 25-07-157)

CONSIDERANDO ÚNICO

Mediante fallo número TFA No. 245-S-2025 del 11 de setiembre del 2025, dictada por la Sala Segunda de este Tribunal, se resolvió el recurso de apelación interpuesto por el señor […], cédula de identidad número […], en su condición de representante legal de la ASOCIACIÓN […], cédula jurídica número 3-002-[…], en contra de la resolución MH-DGT-ATSJO-RES-0559-2025 de fecha 09 de mayo del 2025, que confirma la resolución sancionadora MH-DGT-ATSJO-RES-1055-2024 dictada el 05 de setiembre del 2024 por la Administración Tributaria San José Oeste, referente al procedimiento sancionador según artículo 81 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios; declarándose la nulidad de la resolución sancionadora MH-DGT-ATSJO-RES-1055-2024 de fecha 05 de setiembre del 2024, así como de los actos posteriores que dependan de la misma; constando de esta forma en la resolución incorporada al expediente electrónico (archivo electrónico 0084); en el sistema de gestión “TFA en Línea” (Tareas Exclusivas, Resolución Votada PDF) y el repositorio de resoluciones de la plataforma sharepoint). A pesar de lo anterior, al efectuarse la comunicación vía correo electrónico del fallo de cita, tanto a la recurrente como a la Administración a quo, erróneamente se adjuntó un archivo en el cual, en la parte dispositiva, se identifica la resolución sancionadora con un número incorrecto, indicándose: “Se declara la nulidad de la resolución sancionadora MH-DGT-ATSJO-RES-0559-2025 del 09 de mayo del 2025, así como de los actos posteriores que dependan de la misma. NOTIFÍQUESE. –“. En virtud de lo anterior, se evidencia una incorrecta actuación que afecta la validez de los actos de notificación. Por las razones expuestas, este Tribunal procede a declarar de oficio la nulidad de las notificaciones y las actas respectivas, correspondientes al fallo TFA No. 245-S-2025 del 11 de setiembre del 2025, Acta 749-2025 de las 08:15 horas y Acta 750-S-2025 de las 08:20 horas, ambas del 06 de octubre del 2025; debiendo practicarse nuevamente la notificación del referido fallo.

POR TANTO

De oficio, se anulan las notificaciones y las actas respectivas, correspondientes al fallo TFA No. 245-S-2025 del 11 de setiembre del 2025, Acta 749-2025 de las 08:15 horas y Acta 750-S-2025 de las 08:20 horas, ambas del 06 de octubre del 2025; debiendo practicarse nuevamente la notificación del referido fallo. NOTIFÍQUESE.-

Susana Mejía Chavarría

Presidente de la Sala Segunda

Paula Chavarría Bolaños Carlos Vargas Durán

Miembro del Tribunal Miembro del Tribunal

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